DEFINICIÓN
El derecho al mínimo vital es el derecho fundamental que garantiza a toda persona las condiciones básicas necesarias para llevar una vida digna, asegurando su subsistencia en aspectos esenciales como alimentación, salud, vivienda, educación y vestido. Este derecho, derivado de los principios de dignidad humana, igualdad y justicia social consagrados en la Constitución Política de Colombia (especialmente en los artículos 1, 11, 13 y 53), obliga al Estado y a los empleadores a proteger a las personas frente a situaciones de vulnerabilidad económica o desamparo, especialmente cuando se afecta su sustento o el de su familia.
CARACTERÍSTICAS
Fundamental y conexo: se considera un derecho fundamental, especialmente cuando su vulneración afecta otros derechos como la vida, la dignidad o la salud.
Irrenunciable: ninguna persona puede renunciar a este derecho, ya que protege la subsistencia y la dignidad humana.
Universal: ampara a todas las personas, en especial a quienes se encuentran en situación de vulnerabilidad económica o social.
Inmediato: su protección debe ser prioritaria y oportuna, sin dilaciones, cuando está en riesgo la subsistencia de una persona o su familia.
Mínimo indispensable: garantiza solo lo necesario para una vida digna, sin que implique lujos o excesos.
Protector de los más vulnerables: tiene un enfoque especial hacia niños, adultos mayores, personas con discapacidad, madres cabeza de hogar y desempleados.
De aplicación directa: puede exigirse mediante acción de tutela, sin necesidad de agotar otros mecanismos, cuando se afecta la subsistencia mínima.
SITUACIONES MÁS COMUNES EN LAS QUE SE VULNERA ÉSTE DERECHO
No pago de salarios o pensiones: cuando los empleadores o el Estado incumplen con el pago oportuno, afectando la subsistencia del trabajador o pensionado.
Suspensión injustificada del salario: cuando se retienen los ingresos sin causa legal, dejando a la persona sin recursos para sus necesidades básicas.
Negación o retraso en el reconocimiento de pensiones o subsidios: cuando las entidades demoran o niegan el acceso a recursos indispensables para vivir.
Desvinculación laboral de personas en condición de vulnerabilidad: cuando se despide a trabajadores enfermos, embarazadas o personas de la tercera edad sin justificación ni garantías.
Falta de acceso a servicios básicos: cuando por razones económicas se impide el acceso al agua, la energía, la alimentación o la vivienda digna.
Demoras en la atención en salud: cuando la falta de servicios médicos, medicamentos o tratamientos amenaza la vida o integridad de una persona.
Desprotección de grupos vulnerables: cuando el Estado no brinda apoyo a personas en pobreza extrema, desempleo o exclusión social.
